Habilitan fiestas y espectáculos públicos a partir del 5 de julio
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El Presidente de la República Luis Lacalle junto al Concejo de Ministros habilito nuevas actividades a partir de julio. EL DECRETO:
Habilítanse a partir del 5 de julio de 2021, los espectáculos públicos,
las fiestas y eventos sociales de características similares, así como la apertura de
las plazas de comidas en los locales comerciales a que refiere el artículo 6 del
Decreto 90/021, de 23 de marzo de 2021.
En todos los casos se deberá dar cumplimiento con los protocolos aprobados por el
Ministerio de Salud Pública, y con sus respectivos aforos.
Artículo 3º.- Habilítase a partir del 5 de julio de 2021 la apertura de las salas de
cine de todo el país, excepto en los departamentos de Montevideo, Canelones y
Maldonado, las que quedarán igualmente habilitadas a partir del 15 de julio de 2021.
En todos los casos se deberá dar cumplimiento a los protocolos aprobados por el
Ministerio de Salud Pública, con sus respectivos aforos.
Artículo 4°.- Para la práctica de los deportes amateur se deberán cumplir los
protocolos aprobados por el Ministerio de Salud Pública, sin perjuicio de las medidas
dispuestas por la Secretaría Nacional del Deporte dentro de su competencia.
Artículo 5°.- Notifíquese en forma urgente a los organismos públicos y privados con
competencia en las medidas dispuestas, comuníquese, etc.

