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Todos los detalles de la votación de este domingo

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Hoy domingo hay elecciones departamentales y municipales, son simultáneas y se puede votar en las dos, o a una.

Con 2,7 millones de personas habilitadas para votar, nuestro país celebrará hoy domingo 11 de mayo sus elecciones departamentales y municipales, en las que se elegirán los nuevos intendentes de los diecinueve departamentos, así como los alcaldes de sus respectivos municipios.

Un total de 2.724.462 de electores, según los datos oficiales de la Corte Electoral, están llamados a las urnas para los comicios de voto obligatorio, que se desarrollarán entre las 8:00 y las 19:30 horas en los 7.153 circuitos de votación dispuestos a lo largo del país

Los detalles

La explicación del presidente de la Corte Electoral Wilfredo Penco
Por esta razón habrá dos tipos de hojas de votación, o listas, una con la que se elige intendente y ediles, y otra para votar por los concejales de cada municipio. En este último caso, el primer candidato de la lista más votada, del lema (partido) más votado, será el alcalde, o alcaldesa, del municipio respectivo.
Como son dos elecciones simultáneas pero independientes, el elector podrá votar por ambas o por una de las dos.

El presidente de la Corte Electoral Wilfredo Penco explicó que, por ejemplo, se puede votar solo a intendente (en la elección departamental) o solo a los municipios (para elegir alcalde).

Lo que no se puede hacer es el llamado voto cruzado, esto es, votar en lo departamental a un partido y en lo municipal a otro. Eso no está permitido, recordó Penco

Departamental

La hoja de votación (o lista) para la elección departamental tendrá al candidato a la Intendencia con sus cuatro suplentes correspondientes, y la lista de candidatos a ediles, para integrar la Junta Departamental.

Si en el sobre de votación se colocan dos listas iguales, del mismo candidato, se entiende que fue involuntario (pueden estar pegadas) y por lo tanto el voto es válido.

Pero si en vez de dos hay tres listas iguales, o más, se entiende que existió la intención de “marcar” el voto, y por lo tanto se anulará.

Otra posibilidad es que una persona ponga listas distintas del mismo partido, con candidatos distintos dentro del mismo lema. En ese caso se considera un voto al lema, al partido, y no a un candidato en particular.

Municipal

En la elección municipal se vota a lo concejales que integran cada municipio. Como se dijo ya, el primer candidato de la lista más votada, del partido más votado en cada municipio del país, será el alcalde.

En esta elección se abre la posibilidad a “errores” al momento de votar, dijo el presidente de la Corte Electoral.

Y es que en elecciones anteriores se ha visto con cierta frecuencia que una persona vota por un municipio que no le corresponde. Por ejemplo, vota en el municipio CH de Montevideo (donde marca su credencial) pero pone una lista de otro municipio.

En ese caso se anula el voto al municipio, dijo Penco, pero se mantiene válido el voto a la Intendencia, en caso de que se haya puesto en el sobre de votación.

Esto es así por considerar justamente que se trató de un error del elector, al poner la hoja de votación de un municipio que no corresponde con su credencial.

¿Es obligatorio ir a votar?

Sí. Los ciudadanos que no concurran a votar deberán justificar el motivo entre el 13 de mayo y el 12 de junio de 2025 o pagar la multa correspondiente, que es de 1 unidad reajustable (UR) —que equivale a 1.747 pesos en febrero de 2025— y 2 UR para los funcionarios públicos o profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República.

Las personas en situación de discapacidad motriz que no tengan accesibilidad en el circuito correspondiente podrán votar en carácter de observado simple en el primer circuito de su serie electoral que sea de carácter accesible

Justificaciones y multas por no votar

Tiene disponible las causales y documentación válida de acuerdo a cada caso para solicitar justificaciones, así como el valor de las multas por no votar en las elecciones Departamentales y Municipales del 11 de mayo de 2025

La persona que por motivos fundados no haya votado deberá justificarlo.

El plazo para realizar justificaciones por no votar será del 13 de mayo al 12 de junio de 2025.

El trámite se podrá realizar de forma on line. A partir del 13 de mayo se dispondrá en este sitio el formulario correspondiente. 

Son causas fundadas para no cumplir con la obligación de votar, siempre que se comprueben fehacientemente:

  • Padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física que le impida la concurrencia a la Comisión Receptora.

En este caso se tomará como prueba válida la presentación de un certificado médico (acompañado por timbre profesional si se tratara de un certificado expedido por una institución privada).

  • Hallarse ausente del país el día de las elecciones.

Las personas que se hallaren fuera del país el día de la elección podrán justificarlo por cualquier medio de prueba documental donde conste la fecha de salida y entrada al país, como ser certificado de la Dirección Nacional de Migración, pasaporte con sellos de salida e ingreso al Uruguay o pasajes que acrediten dichos extremos; constancia de trabajo en el exterior u otros de similar naturaleza.
 
El plazo para realizar la justificación por esta causal será de 30 días a partir de su ingreso al Uruguay.

Personas con residencia en el exterior
Deberán concurrir a la oficina consular uruguaya más próxima a su residencia temporaria, dentro de los veinte días anteriores y dentro de los veinte posteriores a la elección, para acreditar hallarse en el exterior.

  • Imposibilidad de concurrir a la Comisión Receptora de Votos durante el día de las elecciones por razones de fuerza mayor.

Se deberá presentar prueba documental de la circunstancia alegada.

Pago de multas

Las personas habilitadas para votar que no hubieren sufragado ni justificado su omisión, deberán hacer efectivo el pago de la multa. Dicho pago podrá realizarse en línea a través de la página web de la Corte Electoral. 

Costo de la multa: 1 UR

Costo de la multa para funcionarios públicos o profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República: 2 UR.

No hay plazo para efectuar el pago y el mismo podrá realizarse de forma on line a través de un formulario que se habilitará en esta página web.

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