Operación Perla Negra III: Más de treinta condenados
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Personal de la Brigada Departamental Antidrogas llevó a cabo 29 allanamientos donde
incautaron drogas, armas, vehículos y dinero. 33 personas fueron detenidas, y la Justicia
condenó a prisión efectiva a 27 de ellas y 4 a se les dispuso prisión preventiva.
Esta nueva incursión de la Policía de Colonia proviene de las anteriores operaciones
“Perla Negra I y II” ejecutadas en noviembre del año 2023 y marzo del 2024 donde 30
personas resultaron condenadas.
Perla Negra III deriva de una investigación que abarcó trabajos de campo y recopilación
de datos para dar con personas involucradas en la venta de sustancias estupefacientes en
distintas ciudades del departamento.
En este sentido, realizaron diecisiete allanamientos, en Juan Lacaze, Rosario, y
Tarariras, seis en San José, cuatro en Montevideo y dos en Río Negro. Como así
también dos requisas en las Unidades N° 3 de Libertad y N° 4 de Santiago Vázquez.
Durante los procedimientos se detuvieron 19 hombres y 13 mujeres, incautándose:
285, 69 gramos de marihuana
305,45 gramos de cocaína
1.418 gramos de pasta base
10 balanzas de precisión
$ 75.640
4 vehículos (3 autos y 1 camioneta)
municiones de diferentes calibres
57 celulares
Otros objetos utilizados para la venta de estupefacientes
Tras audiencia desarrollada en el Juzgado Letrado de 4º. Turno de Colonia resultaron
condenados: J.M.L.L. y D.M.G.B. como autores penalmente responsables de un delito
continuado de comercialización de sustancia estupefaciente agravado en régimen de
reiteración real con un delito de asociación para delinquir a la pena de cinco años y seis
meses de penitenciaria de cumplimiento efectivo.
P.D.R.G. como autora penalmente responsable de un delito asistencia al narcotráfico
reiteración real con un delito de tráfico interno de armas de fuego y municiones en la
modalidad deposito un delito de receptación de proyectiles de la policía a la pena de dos
años y tres meses de prisión.
S.F.S.C. como autora penalmente responsable de un delito de asistencia al narcotráfico a
la pena de dos años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
D.DC.V.O. como autora penalmente responsable de un delito de asistencia al
narcotráfico a la pena de dos años de penitenciaría a cumplirse en arresto domiciliario
total.
C.E.G.M., M.N.R.B., C.C.S., M.Y.C.A. y D.E.C.DS. como autores penalmente
responsables de un delito continuado de comercialización de sustancia estupefaciente a
la pena de tres años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
J.F.F. y J.A.T. como autores penalmente responsable de un delito de suministro de
sustancia estupefacientes a la pena de tres años de penitenciaría de cumplimiento
efectivo.
M.A.A.B. como autora penalmente responsable de un delito de suministro de sustancia
estupefacientes a la pena de dos años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
S.M.G.P. como autor penalmente responsable de un delito continuado de
comercialización de sustancia estupefaciente en régimen de reiteración real con dos
delitos de receptación a la pena de tres años y dos meses de penitenciaría de
cumplimiento efectivo.
J.M.G.M. como autor penalmente responsable de un delito de asistencia al narcotráfico
a la pena de dos años y tres meses de penitenciaría.
A.I.R.F. como autor penalmente responsable de un delito de asistencia al narcotráfico a
la penas de dos años y seis meses de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
E.A.B.C. como autor penalmente responsable de un delito de asistencia al narcotráfico a
la penas de dos años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
S.D.B.L. como autora penalmente responsable de un delito de asistencia al narcotráfico
a la pena de dos años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
Y.M.M.R., A.E.F.V., J.A.C.S., J.L.A. y D.L.M.E. como autores penalmente responsables
de un delito continuado de comercialización de sustancia estupefaciente agravada a la
pena de cuatro años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
P.B.B.G. como autor penalmente responsable de un delito continuado de
comercialización de sustancia estupefaciente agravada a la pena de cinco años de
penitenciaría de cumplimiento efectivo.
M.E.D.R. como autor penalmente responsable de un delito continuado de
comercialización de sustancia estupefaciente agravado en régimen de reiteración real
con un delito de tráfico interno de armas de fuego y municiones y un delito de
receptación de municiones policiales a la pena de cuatro años de prisión efectiva.
M.A.Q.C. como autor penalmente responsable de un delito continuado de
comercialización de sustancia estupefaciente agravado en régimen de reiteración real
con un delito de receptación y un delito de tráfico interno de armas pena de cuatro años
y dos meses de penitenciaría.
M.S.R.R. como autor penalmente responsable de un delito continuado de
comercialización de sustancia estupefacientes agravado en régimen de reiteración real
con un delito de receptación a la pena de cuatro años y seis meses de penitenciaría, de
cumplimiento efectivo.
G.M.M.R. como autora penalmente responsable de un delito continuado suministro de
sustancia estupefaciente en reiteración real con 5 delitos de hurtos especialmente agravados a la pena de tres años y seis meses de penitenciaria, de cumplimiento efectivo.
Por otra parte, se dispuso la formalización respecto de L.K.G.R. por la presunta
comisión de un delito de asistencia al narcotráfico en régimen de reiteración real con un
delito de tráfico interno de armas y municiones en la modalidad depósito.
J.M.S.P., B.S.D.G., y S.D.A.P. como presuntos autores de un delito continuado de
comercialización de sustancia estupefacientes imponiéndole como medida cautelar la
prisión preventiva.
En tanto, a los adolescente D.R.S.G. por la presunta comisión de una infracción
gravísima a la ley penal tipificada como un delito continuado de comercialización de
sustancia estupefaciente se dispuso la medida de internación en INISA por 150 días.
A.A.C.G. como autor responsable de una infracción grave a la ley penal tipificada como
un delito continuado de suministro de sustancia estupefaciente agravado como medida
socio educativa privativa de libertad 14 meses de internación en dependencia de INISA.
Por su parte el jefe Crio. Gral. (R) Fabio Quevedo destacó el excelente trabajo en
equipo “el éxito logrado no hubiera sido posible sin la colaboración, dedicación y el
gran esfuerzo de los efectivos de Colonia, de la Unidad de Sensores Remotos de la
Fuerza Aérea, de la Guardia Republicana, del Instituto Nacional de Rehabilitación y las
Jefaturas de Policía de Montevideo, San José y Río Negro”, indicó.
Por otra parte, cinco personas que eran objetivo de estas tareas por su participación en
estos delitos, no fueron ubicadas y vienen siendo buscadas por estas horas.

